El Registro Mercantil de Alicante es una institución a través de la cual, y en virtud de la ley, se da publicidad a ciertos actos de las sociedades mercantiles o empresarios individuales, que deben ser conocidos o puestos a disposición de la comunidad.
A continuación se encuentra toda la información y servicios del Registro Mercantil de Alicante.
Trámites
Puede obtener los documentos oficiales que se muestran a continuación del Registro Mercantil de Alicante sin necesidad de desplazarse hasta el Registro, rellenando el correspondiente formulario y recibiéndolo por email.
Telemáticamente puede obtener los documentos que se muestran a continuación del Registro Mercantil de Alicante:
Contacto
Datos de contacto del Registro Mercantil de Alicante:
- Dirección: Carrer Eusebio Sempere, 13, local 1, 03003 Alicante (Alacant), Alicante
- Provincia: Provincia de Alicante
- Teléfono: 965 92 64 91
Horario:
El horario del Registro Mercantil de Alicante es de lunes a viernes, de 9:00 a 17:00 horas
Nota Simple
La Nota Simple informativa oficial del Registro Mercantil de Alicante proporciona la información general de cualquier empresa o sociedad mercantil.
La nota simple de empresa contiene la Denominación social, Objeto social, Domicilio social, Capital social, CIF, Asientos de presentación vigentes, Representación social (cargos vigentes de la empresa), Relación de actos inscritos publicados en el BORME, Relación de libros legalizados, Relación de depósitos de cuentas presentados.
Certificado
El Certificado del Registro Mercantil de Alicante contiene la vigencia de la empresa y todos los cargos actuales, es decir, este documento certifica la vigencia de una sociedad, así como de todos los representantes sociales vigentes, o del representante concreto de dicha sociedad que se indique.
Cuentas Anuales
Con las Cuentas Anuales del Registro Mercantil de Alicante conocerá el balance de situación, cuenta de pérdidas y ganancias, memoria, etc, de cualquier empresa.
Concretamente las cuentas anuales contienen la Denominación de la sociedad, Domicilio Social, CIF, Objeto Social, Memoria. Balance de situación, Cuenta de pérdidas y ganancias, y el resto de documentación presentada por la empresa.
Estatutos Sociales
Los Estatutos Sociales de una empresa inscrita en el Registro Mercantil de Alicante son el documento en el que se recogen todas las normas que rigen el funcionamiento interno de una sociedad, desde los derechos y obligaciones de los accionistas hasta las funciones del Consejo de Administración.
Los Estatutos Sociales de una sociedad regulan desde su nacimiento hasta su fin, estableciendo su denominación, su domicilio, su finalidad, su capacidad, los derechos y deberes de los socios y de los miembros de su administración y dirección, las relaciones societarias, entre los mismos socios, las de ellos con respecto a la sociedad, y de la sociedad con terceras personas, la conformación de sus bienes patrimoniales, la forma de su inversión y el destino de los mismos, en caso de que la sociedad se disuelva.
Inscripciones en el Registro Mercantil de Alicante
En el Registro se inscriben las sociedades domiciliadas (con domicilio social) en dicha provincia, una sociedad con domicilio social en la provincia de Alicante no puede inscribirse en el Registro Mercantil de otra provincia que no sea Alicante.
De dichas sociedades se inscribe en el Registro Mercantil la constitución de las mismas y los actos de aumento o reducción del capital social, nombramientos de administradores, acciones judiciales, los libros contables, cuentas anuales, expedientes para la designación de auditores, etc.
¿Cómo se inscribe una sociedad en el Registro Mercantil?
Una vez se ha obtenido la denominación de la sociedad del Registro Mercantil Central se realiza el otorgamiento de escritura pública ante Notario y posteriormente se procede a la inscripción en el Registro Mercantil de Alicante mediante la presentación de la primera copia de dicha escritura de constitución de la sociedad, junto con el certificado de denominación que habrá sido protocolizado en la escritura de constitución y la carta de pago del Impuesto de Operaciones Societarias.
En el Registro se debe presentar la siguiente documentación:
- CIF provisional
- Primera copia de la escritura de constitución.
- Liquidación del impuesto de Transmisiones Patrimoniales.
- Cooperativas: Además, tres copias simples y una copia autorizada. Acta de la asamblea constituyente, copia autorizada simple de la escritura y declaración de la actividad a desarrollar.
- S.A.L y S.L.L.: Acreditación de inscripción en el Registro Administrativo de S.A.L. y S.L.L., así como certificación acreditativa de la calificación.
Es obligatoria la inscripción en el Registro Mercantil de los siguientes sujetos:
- El naviero empresario individual.
- Las sociedades mercantiles.
- Las sociedades de garantía recíproca.
- Las cooperativas de crédito, las mutuas y cooperativas de seguros y las mutualidades de previsión social.
- Las sociedades de inversión colectiva.
- Las agrupaciones de interés económico.
- Las cajas de ahorro.
- Los fondos de inversión.
- Los fondos de pensiones.
- Las sucursales de cualquiera de los sujetos anteriormente indicados.
- Las sucursales de sociedades extranjeras y de otras entidades extranjeras con personalidad jurídica y fin lucrativo.
- Las sociedades extranjeras que trasladen su domicilio a territorio español.
- Las demás personas o entidades que establezcan las Leyes.
Obtener denominación o nombre de una sociedad en el Registro Mercantil
Para obtener la denominación de una sociedad no tiene que dirigirse al Registro Mercantil de Alicante sino al Registro Mercantil Central, donde a través de su web WWW.RMC.ES puede hacer la solicitud.
Este acto consiste en solicitar una certificación negativa de la inexistencia de otra sociedad con el nombre que indique en la solicitud.
¿Cómo presentar las cuentas en el Registro Mercantil de Alicante?
Las cuentas anuales se pueden presentar de dos formas en el Registro Mercantil de Alicante:
- De forma telemática en la web www.registradores.org.
- O bien de forma presencial en el Registro Mercantil de Alicante, y se puede hacer en formato papel, cd o dvd.
En el Registro Mercantil sólo se pueden presentar las cuentas de las sociedades domiciliadas en la provincia de Alicante, y no las sociedades domiciliadas en otras provincias.
Se tienen que presentar los siguientes documentos en el Registro Mercantil al realizar el depósito de cuentas:
a) Instancia de presentación de las cuentas.
b) Hoja de datos generales de identificación.
c) Declaración medioambiental.
d) Modelo de autocartera.
e) Las cuentas anuales con la siguiente información:
- Balance.
- Cuenta de pérdidas y ganancias.
- Estado de cambios en el patrimonio neto.
- Estado de flujos de efectivo (en caso de que se tenga la obligación de formularlo).
- Memoria.
f) Certificación de la aprobación de las cuentas anuales, conteniendo la aplicación de resultados (éste documento debe tener las firmas legitimadas notarialmente).
g) Y los siguientes documentos si se tiene obligación de formular informe de gestión y someter las cuentas a auditoría externa:
- Informe de gestión.
- Informe de auditoría, cuando la sociedad esté obligada a auditarse o si la minoría lo solicitase.
- Certificación acreditativa de que las cuentas depositadas se corresponden con las auditadas.
Presentación telemática de libros en el Registro Mercantil
Para presentar los libros de una sociedad sin tener que desplazarse hasta el Registro Mercantil de Alicante, puede hacerlo a través de la web www.registradores.org.
Todas las sociedades con domicilio social en la provincia de Alicante deben llevar a una serie de libros contables que deben ser legalizados en el Registro Mercantil de Alicante con anterioridad a su uso.
Los libros que se deben llevar son los siguientes:
a) Libros de contabilidad:
- Libro de inventarios y de cuentas anuales.
- Libro Diario. Voluntariamente, todos aquellos libros y registros que consideren convenientes, en función del sistema contable adoptado o la naturaleza de su actividad.
b) Libros Societarios:
- Libro de Actas ( En caso de que el órgano de administración sea un Consejo de Administración se llevan separadamente dos libros de actas, el de dicho órgano y el de actas de la Asamblea General)
- Libro de acciones nominativas en las Sociedades Anónimas y Comandatarias por acciones – Libro Registro de Socios en las Sociedades Limitadas.