El Registro de la Propiedad de Alicante es una institución del Estado, un servicio público dependiente del Ministerio de Justicia que da respuesta a la necesidad de seguridad en el ámbito del mercado inmobiliario.
A continuación se encuentra toda la información sobre el Registro de la Propiedad de Alicante, trámites, gestiones, obtener nota simple, inscripciones, datos de contacto, dirección, teléfono, horario…
Trámites
Seleccione el documento que necesita y solicítelo rellenando el formulario sin necesidad de desplazarse hasta el Registro de la Propiedad de Alicante para solicitarlo ni recogerlo.
Contacto
Datos de contacto del Registro de la Propiedad en Alicante:
- Arquitecto Morell, 19 – 4ª, 3003 – Alicante (ALICANTE)
- Tel: 96 522 70 43
- Fax: 96 592 00 03
Horario:
El horario del Registro de la Propiedad de Alicante es de lunes a viernes de 9:00 a 17:00 horas.
¿Qué es el Registro de la Propiedad de Alicante?
El Registro de la Propiedad de Alicante es un registro donde se inscriben los bienes inmuebles que hay en su circunscripción y los derechos y las cargas fiscales que pesan sobre ellos.
El Registro de la Propiedad es una institución del Estado, un servicio público dependiente del Ministerio de Justicia que da respuesta a la necesidad de seguridad en el ámbito del mercado inmobiliario.
En España no es obligatorio inscribir las propiedades para que sean legalmente de su titular (salvo en el caso de las hipotecas que se deben registrar obligatoriamente); no es necesario, por ejemplo, que un local o vivienda aparezca en el Registro para formalizar un contrato de compra venta.
El Registro no concede la titularidad legal de un inmueble, pero sí la hace pública. Es decir, si eres propietario de un local, una finca o vivienda y te inscribes como tal en el Registro te ahorrarás tiempo y trámites a la hora, por ejemplo, de venderla.
En el Registro de la Propiedad no sólo se inscribe el inmueble y el nombre de su dueño, también los derechos y las cargas que recaen sobre él. Por ‘derechos’ se entiende el dominio, el usufructo, la habitación, las servidumbres, los censos, la hipoteca y el derecho de retracto.
El Registro de la Propiedad da publicidad de los actos inscritos en él a través de la Nota Simple.
Inscripciones en el Registro de la Propiedad
La primera inscripción que hay que realizar en el Registro es la de dominio o propiedad del bien inmueble, posteriormente se inscribirán los siguientes actos o contratos que afecten a dicho bien inmueble.
Dichas inscripciones se realizan mediante el asiento de presentación, asiento de inscripción, anotación preventiva, nota marginal y cancelación, la que corresponda en cada momento.
Puede solicitar inscripciones en el Registro la persona que adquiere el bien inmueble o finca, la que lo transmite o el representante legal de cualquiera de ellos.
Para poder realizar las inscripciones de los títulos, actos o contratos deben estar consignados en escritura pública o documento expedido por autoridad judicial o de gobierno.
Antes de inscribir algo en el Registro de la Propiedad a de acreditarse el pago de las impuestos relativos al acto o contrato que se pretende inscribir.
La presentación de algo en el Registro de la Propiedad para su inscripción puede realizarse desplazándose al Registro, mediante fax o por vía telemática en la web registradores.org.
El Registrador de Alicante comprobará la legalidad de los documentos que se le presenten, así como la capacidad de la persona que se lo presente.
Cambio de nombre de un inmueble en el Registro de la Propiedad
¿Cómo cambiar de nombre un inmueble en el Registro de la Propiedad de Alicante?
Los cambios de nombre de los titulares de un inmueble se hacen ante el Registro de la Propiedad, presentando la documentación pertinente en cada caso.
En cuanto al precio, este dependerá del valor de la vivienda. Es importante señalar que siendo este trámite un proceso similar en toda España, los costes derivados del mismo pueden variar de una comunidad autónoma a otra. A petición tuya, puedes obtener un presupuesto del registrador.
En general esta operación tiene asociados cuatro tipos de costes:
- 1) Notarial, el coste de hacer la escritura
- 2) Fiscal, el pago de los impuestos que corresponda
- 3) Registral, el coste de hacer la inscripción
- 4) De gestión, no obligatorio, en caso que desees pagar por la tramitación del impuesto e inscripción.
El cambio de nombre en la escritura de un inmueble es necesario en los siguientes casos
- Por causa de compraventa
- Por causa de donación
- Por causa de herencia
Cancelación de hipoteca en el Registro de la Propiedad
Con frecuencia cuando vamos a vender nuestra vivienda nos encontramos con que en el Registro de la Propiedad consta la inscripción de la hipoteca y ésta no ha sido cancelada pese a haber efectuado todos los pagos de la misma a lo largo de los años.
Para saber si un inmueble tiene registrada una hipoteca puede pedir una nota simple del Registro de la Propiedad sobre dicho inmueble:
Tendremos que llevar a cabo los siguientes pasos:
- Lo primero que tenemos que hacer es solicitar un certificado de deuda cero en la entidad financiera donde teníamos contratado el préstamo hipotecario.
- El siguiente paso una vez obtenido el correspondiente certificado, es acudir a la notaría de nuestra elección (sin que sea obligatorio acudir a la misma con la que se firmó la hipoteca).
- Una vez tengamos en nuestro poder la escritura de cancelación, habremos de acudir ante la Delegación de Hacienda de nuestra Comunidad Autónoma y liquidar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, formulario 600. Tendremos que hacer la presentación (liquidación), si bien no habrá de abonarse importe alguno ya que está exento.
- Para finalizar, con la escritura de cancelación acudiremos al Registro de la Propiedad para que se inscriba la cancelación y se levante la carga sobre la propiedad registral.