Certificación catastral de un solo bien inmueble


¿Cómo obtener el Certificado Catastral literal de un solo bien inmueble?

Pueden solicitar un certificado y así acceder a los datos catastrales protegidos las siguientes personas:

  • Cualquier persona en representación del titular.
  • Los/las titulares catastrales sobre sus inmuebles.
  • Los/las titulares catastrales sobre las parcelas colindantes (debe poner en la solicitud la referencia catastral de su inmueble, e indicar en la finalidad que necesita saber los titulares de las parcelas colindantes).
  • Los titulares o cotitulares de derechos de trascendencia real o de arrendamiento o aparcería que recaigan sobre los bienes inmuebles inscritos en el Catastro.
  • Herederos/as o sucesores/as, respecto a los bienes inmuebles del causante o transmitente que figuren inscritos/as en el Catastro.

Pasos para obtener el Certificado del Catastro:

  1. Rellene el formulario que hay a continuación.
  2. Realice el pago con tarjeta de crédito.
  3. Recibirá un email de confirmación del pedido.
  4. Recibirá el Certificado Oficial del Catastro directamente en el email que indique en el formulario.

El Certificado es enviado por email en un plazo aproximado de 15 días.

El coste del Certificado Oficial es de 30€.

Obtener el Certificado Catastral Oficial de forma rápida y segura:

Solicitar Certificación literal de un solo bien inmueble (urbano o rústico)

¿Qué es la Certificación catastral de un solo bien inmueble?

La Certificación catastral de un solo bien inmueble es una certificación catastral literal que contiene datos alfanuméricos sobre los bienes inmuebles (titularidad, localización, referencia catastral, superficie, uso, cultivos, antigüedad, valor catastral, etc).

Esta certificación o certificado se puede obtener de inmuebles rústicos y urbanos.

Cuando las certificaciones catastrales de un solo inmueble contengan datos protegidos, es decir, los que hacen referencia a la titularidad o al valor catastral, solamente podrán ser solicitados por los titulares catastrales de cada inmueble. Asimismo pueden ser solicitadas por:

  • Quienes cuenten con el consentimiento expreso y por escrito de los titulares catastrales de cada inmueble.
  • Los titulares catastrales de las parcelas colindantes, excepto al valor catastral.
  • Los titulares o cotitulares de derechos de trascendencia real o de arrendamiento o aparcería que recaigan sobre los bienes inmuebles inscritos en el Catastro
  • Los herederos o sucesores respecto a los bienes inmuebles del causante o transmitente que figuren inscritos en el Catastro

Las certificaciones catastrales literales pueden ser solicitadas en las Gerencias del Catastro, en los Puntos de Información Catastral y en la Sede Electrónica del Catastro. En este último caso no están sujetas al pago de la tasa de acreditación catastral.

Otros certificados o certificaciones catastrales

Las certificaciones descriptivas y gráficas contienen los datos básicos de carácter físico, jurídico y económico del bien inmueble a que se refieren, según consta descrito en el Catastro Inmobiliario, junto con su representación gráfica… más información

Es la Certificación catastral de todos los bienes inmuebles urbanos o rústicos de un titular en todo el territorio nacional, excepto País Vasco y Navarra. Esta es una certificación catastral que contiene datos alfanuméricos sobre los bienes inmuebles (titularidad, localización, referencia catastral, superficie, uso, cultivos, antigüedad, valor catastral, etc)… más información

Es una certificación catastral que indica que el titular indicado no tiene bienes inmuebles… más información

Es una certificación catastral literal que contiene datos alfanuméricos sobre los bienes inmuebles (titularidad, localización, referencia catastral, superficie, uso, cultivos, antigüedad, valor catastral, etc)… más información

Es la certificación del inmueble de una persona fallecida que pueden solicitar sus herederos o sucesores… más información