¿Cuánto tardan en darme el alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI)?


Una vez hayas tramitado el alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI), Hacienda cuenta con un plazo administrativo de tres meses para aceptar tu petición, en el caso de silencio administrativo, se entiende que la solicitud ha sido denegada.

Es habitual, que la Agencia Tributaria realice algunas comprobaciones previas antes de la aceptación en el ROI, de manera que verifique la necesidad de la inclusión en dicho registro.

Estas verificaciones pueden realizarse de forma presencial o requiriendo alguna documentación concreta que justifique las operaciones con proveedores o clientes intracomunitarios.

¿Qué ocurre una vez de alta en el ROI?

Una vez tramitada de forma favorable la incorporación en el ROI, Hacienda te facilitará un NIF-IVA que estará formada por las iniciales de España ES, seguido de tu NIF, por ejemplo, al NIF 00000000M, se le asignará el NIF-IVA ES00000000M.

Esta asignación es fundamental, ya que, a partir de este momento tendrás que incluir en el modelo 349 todas estas operaciones intracomunitarias, indicando el NIF-IVA del operador, el código del país, la denominación social, el tipo de operación y la base imponible del IVA.

Esto es lo que debes conocer de como darse de alta en el ROI.

Gestiones con el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI):

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Alta/baja en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI)