Informe catastral de ubicación de las construcciones


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Descripción General

Organización responsable: Dirección General del Catastro
Resumen general: El “Informe Catastral de Ubicación de las Construcciones” permite verificar que las coordenadas de referenciación geográfica de la porción de suelo ocupada por la edificación o instalación, se encuentran efectivamente ubicadas en su integridad dentro de la parcela catastral consignada, no extralimitándola.El informe toma como punto de partida los ficheros GML de edificio, expresivos de las coordenadas de referenciación geográfica de la porción de suelo ocupada por el edificio o instalación, y un identificador de parcela catastral.

El informe no permite validar representaciones gráficas georreferenciadas alternativas debiéndose expresar éstas en el formato GML de parcela catastral, verificándose su corrección mediante el oportuno Informe de Validación Gráfica

Función: Validación de la ubicación de una construcción en una parcela catastral
Utilización: El formato GML de edificio puede ser empleado para aportar al registro las coordenadas de referenciación geográfica de la porción de suelo ocupada por cualquier edificación o instalación, tal y como establece el artículo 202 de la Ley Hipotecaria.El “Informe Catastral de ubicación de las construcciones” permite verificar que las coordenadas de referenciación geográfica de la porción de suelo ocupada por la edificación o instalación (formato GML de edificio), se encuentran efectivamente ubicadas en su integridad dentro de una parcela catastral dada, no extralimitándola.
Tipo de datos: Gráficos
Idioma de los datos: Español
Documentos relacionados: Ley 13/2015, de 24 de junio, de Reforma de la Ley Hipotecaria y del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.
Texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario (fundamentalmente los arts. 2, 3, 11, 14, 18, 33, 36, 38 a 49 y 53.1.b).
Ley Hipotecaria (fundamentalmente los arts. 9, 10 y 198 a 209).
Resolución conjunta de 26 de octubre de 2015, de la Dirección General de los Registros y del Notariado y de la Dirección General del Catastro, por la que se regulan los requisitos técnicos para el intercambio de información entre el Catastro y los Registros de la Propiedad.
Resolución de 26 de octubre de 2015, de la Dirección General del Catastro, por la que se regulan los requisitos técnicos para dar cumplimiento a las obligaciones de suministro de información por los notarios establecidas en el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.
Conjunto de datos relacionados: Cartografía catastral digital rústica y urbana.

Calidad del producto

Origen: Cartografía catastral digital

Sistema de referencia espacial

Sistema de referencia espacial directa: UTM m REGCAN95 zona 28, ETRS89 zonas 29,30,31. Datos 2D para la información gráfica

Ámbito

Ambito superficial: Todo el territorio español excepto País Vasco y Navarra.
Área geográfica: Todo el territorio español excepto País Vasco y Navarra.

Datos administrativos

Derechos de autor: Dirección General del Catastro
Precio de la información: Gratuita
Unidad de distribución: Un informe de validación de la construcción o construcciones aportadas
Soporte: Documento electrónico
Acceso en linea: Sede Electrónica del Catastro
Forma de solicitarlo / solicitud: Sede Electrónica del Catastro
Tiempo de entrega: Tramitación interactiva
Organizaciones responsables: Dirección General del Catastro. Paseo de la Castellana 272. Madrid 28046. España