Obtener Informe catastral de ubicación de las construcciones
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Descripción General |
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Organización responsable: | Dirección General del Catastro |
Resumen general: | El “Informe Catastral de Ubicación de las Construcciones” permite verificar que las coordenadas de referenciación geográfica de la porción de suelo ocupada por la edificación o instalación, se encuentran efectivamente ubicadas en su integridad dentro de la parcela catastral consignada, no extralimitándola.El informe toma como punto de partida los ficheros GML de edificio, expresivos de las coordenadas de referenciación geográfica de la porción de suelo ocupada por el edificio o instalación, y un identificador de parcela catastral.
El informe no permite validar representaciones gráficas georreferenciadas alternativas debiéndose expresar éstas en el formato GML de parcela catastral, verificándose su corrección mediante el oportuno Informe de Validación Gráfica |
Función: | Validación de la ubicación de una construcción en una parcela catastral |
Utilización: | El formato GML de edificio puede ser empleado para aportar al registro las coordenadas de referenciación geográfica de la porción de suelo ocupada por cualquier edificación o instalación, tal y como establece el artículo 202 de la Ley Hipotecaria.El “Informe Catastral de ubicación de las construcciones” permite verificar que las coordenadas de referenciación geográfica de la porción de suelo ocupada por la edificación o instalación (formato GML de edificio), se encuentran efectivamente ubicadas en su integridad dentro de una parcela catastral dada, no extralimitándola. |
Tipo de datos: | Gráficos |
Idioma de los datos: | Español |
Documentos relacionados: | Ley 13/2015, de 24 de junio, de Reforma de la Ley Hipotecaria y del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario. Texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario (fundamentalmente los arts. 2, 3, 11, 14, 18, 33, 36, 38 a 49 y 53.1.b). Ley Hipotecaria (fundamentalmente los arts. 9, 10 y 198 a 209). Resolución conjunta de 26 de octubre de 2015, de la Dirección General de los Registros y del Notariado y de la Dirección General del Catastro, por la que se regulan los requisitos técnicos para el intercambio de información entre el Catastro y los Registros de la Propiedad. Resolución de 26 de octubre de 2015, de la Dirección General del Catastro, por la que se regulan los requisitos técnicos para dar cumplimiento a las obligaciones de suministro de información por los notarios establecidas en el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario. |
Conjunto de datos relacionados: | Cartografía catastral digital rústica y urbana. |
Calidad del producto |
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Origen: | Cartografía catastral digital |
Sistema de referencia espacial |
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Sistema de referencia espacial directa: | UTM m REGCAN95 zona 28, ETRS89 zonas 29,30,31. Datos 2D para la información gráfica |
Ámbito |
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Ambito superficial: | Todo el territorio español excepto País Vasco y Navarra. |
Área geográfica: | Todo el territorio español excepto País Vasco y Navarra. |
Datos administrativos |
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Derechos de autor: | Dirección General del Catastro |
Precio de la información: | Gratuita |
Unidad de distribución: | Un informe de validación de la construcción o construcciones aportadas |
Soporte: | Documento electrónico |
Acceso en linea: | Sede Electrónica del Catastro |
Forma de solicitarlo / solicitud: | Sede Electrónica del Catastro |
Tiempo de entrega: | Tramitación interactiva |
Organizaciones responsables: | Dirección General del Catastro. Paseo de la Castellana 272. Madrid 28046. España |