Principio de rogación
El principio de rogación significa que quien quiera inscribir un título que recaiga sobre un bien inmueble debe de solicitarlo en el Registro de la Propiedad correspondiente de acuerdo a la demarcación territorial del mismo, es decir, se debe inscribir en el Registro de la Propiedad de su zona, no se puede inscribir dicho título en cualquier Registro de la Propiedad de España.