Un registrador de la Propiedad, Bienes Muebles y Mercantiles es un funcionario público del Estado que accede al cargo mediante oposición.
El registrador es el máximo responsable del Registro del que es titular.
Dentro de la oficina, estos funcionarios tienen tratamiento de ‘señoría’.
Sus funciones son las siguientes:
- Llevanza de los Registros de la Propiedad, Bienes Muebles y Mercantiles existentes en las correspondientes circunscripciones territoriales.
- Calificar la legalidad de los documentos de toda clase en cuya virtud se solicite una inscripción en su Registro de un acto que afecte a un bien.
- Dejar constancia de los actos solicitados a través de asientos y anotaciones, una vez aceptada la legalidad del documento que presente una persona y la validez de su contenido. Pueden ser de presentación o de inscripción; también realiza anotaciones preventivas en caso de demanda o embargo, por ejemplo; o realiza asientos de cancelación para poner fin a inscripciones o anotaciones. El asiento que realiza el registrador convierte a estas acciones inscritas en hechos públicos y aquellas personas con interés legítimo pueden solicitar la información que conste en un Registro sobre determinado bien.