¿Qué es una servidumbre?


Una servidumbre es un derecho real, es decir, un derecho que recae sobre un bien inmueble. Se trata de un gravamen impuesto sobre un bien en beneficio de otro perteneciente a distinto dueño.

Predio dominante es la propiedad en cuyo favor está constituida la servidumbre y predio sirviente el inmueble que lo soporta.

En el derecho, servidumbre es la denominación de un tipo de derecho real que limita el dominio de un predio denominado fundo sirviente en favor de las necesidades de otro llamado fundo dominante perteneciente a otra persona.

La servidumbre predial es un gravamen impuesto sobre un predio en utilidad de otro predio de distinto dueño.

Clases de servidumbre

  • Servidumbres activas: El predio sirviente es el que sufre el gravamen. El predio dominante el que reporta la utilidad. Con respecto al predio dominante se llama activa. Por ejemplo: electroducto – vistas – aguas.
  • Servidumbres continuas: Su uso es continuo, sin que exista un hecho actual del hombre. Ejemplo: electroducto – vistas- aguas.
  • Servidumbres discontinuas: Requieren del hecho actual del hombre para ser ejercidas. Ejemplo: paso – tránsito.
  • Servidumbres prediales o servidumbres personales: Se hacen en beneficio de otro inmueble. Personales son las constituidas en beneficio de una o más personas o de una comunidad.
  • Servidumbres aparentes o servidumbres no aparentes: Aparentes son las que se anuncian y están continuamente a la vista por signos exteriores, que revelan el uso y aprovechamiento de las mismas. No aparentes son las que no presentan indicio alguno exterior de su existencia.
  • Servidumbres positivas o servidumbres negativas: Se llama positiva la servidumbre que impone al dueño del predio sirviente la obligación de dejar hacer alguna cosa o de hacerla por sí mismo, y negativa la que prohíbe al dueño del predio sirviente hacer algo que le seria lícito sin la servidumbre.
  • Servidumbres legales o servidumbres voluntarias: Las servidumbres pueden establecerse por la ley (u otras normas del ordenamiento jurídico) o por la voluntad de los propietarios.