El Registro Civil de MADRID es un organismo administrativo público del Ministerio de Justicia encargado de dejar constancia de los hechos o actos relativos al estado civil de las personas físicas. En el Registro Civil se inscriben los nacimientos, los fallecimientos y los matrimonios.
A continuación se encuentra toda la información y servicios del Registro Civil de MADRID, obtener certificados, realizar inscripciones, todos los trámites y gestiones, datos de contacto, dirección, teléfono, horario…
Contacto con el Registro Civil de MADRID
A continuación se encuentran todos los datos de contacto del Registro Civil de MADRID, puede obtener cita previa si desea desplazarse al Registro llamando por teléfono, y posteriormente desplazarse a la dirección indicada:
- Dirección: Calle Pradillo, 66 28002 Madrid
- Barrio / Distrito: CIUDAD JARDIN / CHAMARTIN
- Teléfono: 914 936 630
- Otros teléfonos:
- Inscripciones de nacimiento: 914 931 739 / 1743 / 1749
- Nacionalidad: 914 934 644 / 1848 / 0052
- Fax: 914 936 746 / Fax 914 936 798
Horario:
- De lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas
Trámites con el Registro Civil de MADRID
Obtener Certificados del Registro Civil de MADRID:
Otros Trámites:
- Certificado de Actos de Última Voluntad
- Certificado de Contrato de Seguro de Cobertura de Fallecimiento
Certificado de Nacimiento
Un certificado de nacimiento, registro de nacimiento, partida de nacimiento o acta de nacimiento es un registro vital que documenta el nacimiento de una persona.
El término “certificado de nacimiento” puede referirse al documento original que certifica las circunstancias del nacimiento o a una copia certificada o representación del registro subsiguiente de ese nacimiento. Dependiendo de la jurisdicción, un registro de nacimiento puede o no contener la verificación del evento por parte de una partera o un médico.
El Certificado de Nacimiento del Registro Civil de MADRID es un documento oficial que acredita el nacimiento de una persona en territorio español.
Este certificado tiene múltiples usos y aplicaciones, y su importancia radica en que es necesario para llevar a cabo una serie de trámites legales y administrativos en España.
Certificado de Matrimonio
El certificado de matrimonio es el documento expedido por el Encargado del Registro Civil de MADRID, que hace fe del acto del matrimonio y de la fecha hora y lugar en que acontece (art. 69 LRC)
Así mismo, podrán expedirse certificaciones electrónicas de matrimonio con sello electrónico de la Dirección General de los Registros y del Notariado a partir de los datos contenidos en la base central de datos de las personas inscritas en los Registros Civiles.
El Certificado de Matrimonio es un documento oficial que acredita la celebración de un matrimonio civil en territorio español.
Este certificado tiene varios usos y aplicaciones legales y administrativas, y su importancia radica en que es necesario para realizar una serie de trámites y gestionar asuntos relacionados con el estado civil de las personas en España.
Certificado de Defunción
El certificado de defunción es el documento oficial que acredita el fallecimiento de la persona, fecha y lugar en que se produjo.
Es fundamental para solicitar la pensión del cónyuge o para acceder a la herencia.
Existen Certificados de Defunción Positivos y Certificados de Defunción Negativos.
El Certificado de Defunción del Registro Civil de MADRID es un documento oficial que acredita el fallecimiento de una persona en territorio español.
Este certificado tiene varias utilidades legales y administrativas, y su importancia radica en que se requiere para llevar a cabo una serie de trámites y gestiones que involucran asuntos relacionados con la defunción de una persona.
Otros Certificados
Certificado de Actos de Última Voluntad
El certificado de últimas voluntades es el documento que acredita si una persona ha otorgado testamento/s y ante qué Notario/s.
De esta forma, los herederos podrán dirigirse al Notario autorizante del último testamento y obtener una copia (autorizada) del mismo.
Este documento se precisa para la realización de cualquier acto sucesorio.
Este certificado es necesario para iniciar el proceso de sucesión o herencia y determinar quiénes son los herederos legales.
Certificado de Contrato de Seguro de Cobertura de Fallecimiento
El «Certificado de Contrato de Seguro de Cobertura de Fallecimiento» es un documento oficial que suele ser emitido por el Registro de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento para certificar la existencia de un contrato de seguro de fallecimiento o seguro de vida.
Este certificado proporciona evidencia de que una persona (el asegurado) ha suscrito un contrato de seguro con la compañía y que, en caso de su fallecimiento durante el período de cobertura, se pagará una indemnización o beneficio a los beneficiarios designados en la póliza.
Solicitar Certificado de Contrato de Seguro de Cobertura de Fallecimiento
Certificado de fe de vida y estado
La declaración de fe de vida y estado es el documento que acredita, con valor de simple presunción, que una persona está viva, así como su estado civil.
La vida, estado de soltero, viudo o divorciado se acreditan por la correspondiente fe del Encargado del Registro Civil de MADRID (tras la comparecencia del sujeto interesado).
La vida se acredita por comparecencia del sujeto o por acta notarial de presencia, y el estado de soltero, viudo o divorciado, por declaración jurada o afirmación solemne del propio sujeto o por acta de notoriedad.
Cambio de nombre y apellidos en el Registro Civil de MADRID
Se trata de un procedimiento por el que un ciudadano puede cambiar sus apellidos, el orden de éstos o su nombre propio.
Puede solicitar el cambio todo aquel que tenga una causa justa para ello si la modificación no perjudica a terceras personas.
El cambio de apellidos se realiza, previo expediente instruido por el encargado del Registro Civil de MADRID y la competencia para resolver corresponde al ministro de Justicia y, por delegación, a la Dirección General de los Registros y del Notariado.
Rectificación o cambio de sexo
La legislación registral permite la modificación o cambio de la mención relativa al sexo consignada inicialmente en la inscripción de nacimiento.
La rectificación o cambio de sexo en el Registro Civil de MADRID es el trámite que permite el cambio de la mención registral relativa al sexo de una persona en su inscripción de nacimiento.
En la mayoría de las ocasiones (aunque no necesariamente), la rectificación va acompañada del cambio de nombre propio para adaptarlo al sexo solicitado. La atribución del nuevo nombre, en cualquier caso, debe ser conforme con las reglas generales de cambio en esta materia.
Obtención de la nacionalidad
Los diferentes modos de Adquisición de la Nacionalidad son:
Nacionalidad por Residencia:
Esta forma de Adquisición de la Nacionalidad exige la Residencia de la Persona en España durante diez años de forma Legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición.
Nacionalidad por Carta de Naturaleza:
Esta forma de Adquisición de la Nacionalidad, tiene carácter graciable y no se sujeta a las Normas Generales de Procedimiento Administrativo. Será otorgada o no discrecionalmente por el Gobierno mediante Real Decreto, tras valorar la concurrencia de circunstancias excepcionales.
Nacionalidad para Españoles de Origen:
Son Españoles de Origen:
- Los nacidos de Padre o Madre Española.
- Los nacidos en España cuando sean hijos de Padres Extranjeros si, al menos uno de los Padres, ha nacido en España (se exceptúan los hijos de Diplomáticos).
Nacionalidad por posesión de Estado:
Tendrá derecho a la Nacionalidad Española aquella Persona que haya poseído y utilizado esta Nacionalidad durante diez años, de forma continuada, de buena fe (sin que tenga conocimiento de la situación real, es decir, de que no es Español en realidad), en base a un Título inscrito en el Registro Civil.
Nacionalidad por Opción:
La opción es un beneficio que nuestra Legislación ofrece a Extranjeros que se encuentran en determinadas condiciones, para que adquieran la Nacionalidad Española. Tendrán Derecho a adquirir la Nacionalidad Española por esta vía:
- Aquellas Personas que estén o hayan estado sujetos a la Patria Potestad de un Español.
- Aquellas Personas cuyo Padre o Madre hubiera sido Español y hubiera nacido en España.
Solicitud de matrimonio, cómo casarse por lo civil en MADRID
La inscripción hace fe del acto del matrimonio y de la fecha, hora y lugar en que se contrae.
Es el medio de prueba de que el matrimonio se ha realizado en MADRID, siendo ésta el título que legitima el estado civil de casado.
El matrimonio desde su celebración produce efectos civiles, y para el pleno reconocimiento de los mismos será necesario su inscripción en el Registro Civil.
Trámites necesarios para una boda civil en MADRID:
- Solicitar cita previa en el Registro Civil de MADRID. Se recomienda pedir cita con algunos meses de anticipación a la fecha deseada para llegar a tiempo ante una posible acumulación de solicitud de expedientes.
- Presentar la documentación necesaria, que detallamos en el siguiente epígrafe.
- Entrevista personal y por separado de los futuros contrayentes y los testigos para confirmar que el matrimonio se contrae libre y voluntariamente.
- Resolución expresa (positiva o negativa) autorizando o no a los contrayentes para la celebración del matrimonio. De esta manera, se cerrará así el expediente matrimonial y los futuros cónyuges ya podrán casarse con cualquier autoridad competente en cualquier comunidad autónoma.
Inscripciones en el Registro Civil de MADRID
Inscripción de matrimonio:
La inscripción hace fe del acto del matrimonio y de la fecha, hora y lugar en que se contrae. Es el medio de prueba de que el matrimonio se ha realizado, siendo ésta el título que legitima el estado civil de casado.
El matrimonio desde su celebración produce efectos civiles, y para el pleno reconocimiento de los mismos será necesario su inscripción en el Registro Civil.
Inscripción de nacimiento:
La inscripción de nacimiento es el asiento registral, extendido por el encargado del Registro Civil de MADRID, que hace fe del hecho del nacimiento, de la fecha, hora y lugar en que tuvieron lugar, del sexo y, en su caso, de la filiación del inscrito. La filiación determina los apellidos del inscrito
El nacimiento produce efectos civiles desde que tiene lugar, pero para el pleno ejercicio de los mismos es necesaria su inscripción en el Registro Civil.
Inscripción de defunción:
Es el medio por el que se da fe del fallecimiento de una persona (fecha, hora y lugar en que acontece).
El fallecimiento produce efectos civiles desde que tiene lugar, pero para el pleno reconocimiento de los mismos es necesaria su inscripción en el Registro Civil.